rio cuarto,futbol,deportes,noticias,cordoba, 7 años de suspensión para Daniel Carbonari 7 años de suspensión para Daniel Carbonari - Magazzine Deportivo Cabecera de Magazzine Deportivo

7 años de suspensión para Daniel Carbonari

Daniel Carbonari fue sancionado con siete años
El básquet local no ha sido la excepción de hechos de violencia y quedó reflejado en el boletín del Tribunal de Disciplina que ha sido emitido por la Asociación Riocuartense.

La máxima sanción recaló en Daniel Carbonari donde el DT de Acción Juvenil fue suspendido por siete años.

Por su parte hubo otro tipo de sanciones que detallamos a continuación en el informe del boletín oficial.

Expte. Nro. 01/14 Dia partido: 21-04-2014 Causa: Retiro Espectador de la cancha 

Cancha: A.A.Estudiantes Arbitros: E.Riera – E. Silva 

Resolución: a) Aplicar al Sr. Ezequiel SARTORE, jugador de A.A.Estudiantes, la pena de UN MES DE SUSPENSION, según art. 82° inc. b) del Codigo de Penas. b) Dicha suspensión vence el día 04 de Junio de 2014. 

Expte. Nro. 02/14 Dia partido: 22-04-2014 Causa: Irregularidades Mesa Control 

Cancha: Central Argentino Arbitros: E.Riera – I.Retamozo 

Resolución: a) Aplicar a la Srta. Yanina Santa Cruz, planillera de Central Argentino, la pena de TREINTA DIAS, según art. 94° inc. c) del codigo de Penas. b) Dicha suspensión vence el día 04 de Junio de 2014. 

Expte. Nro. 03/14 Dia partido: 22-04-2014 Causa: Irregularidades Mesa Control 

Cancha: A.A.Banda Norte Arbitros: E.Sentous – E.Silva 

Resolución: a) Aplicar a la Asoc. Atletica Banda Norte, la pena de UNA AMONESTACION, según art. 58° inc. h) del Codigo de Penas. b) Recomendar a la Asoc. Atletica Banda Norte, que extreme los medios para contar en lo sucesivo con personal idoneo para dichas tareas. 

Expte. Nro. 04/14 Dia partido: 25-04-2014 Causa: Expulsión Jugadores 

Cancha: U.N.R.C. Arbitros: E.Riera – I.Retamozo 

Resolución: a) Aplicar al Sr. Guillermo PERONI, jugador de la U.N.R.C., la pena de DOS PARTIDOS DE SUSPENSIÓN, según art. 105° inc. e) del codigo de Penas. b) Aplicar al Sr. Brian BARJACOBA, jugador de la A.A.Estudiantes, la pena de DOS PARTIDOS DE SUSPENSION, según art. 106° inc. e y f) del Codigo de Penas. 

Expte. Nro. 05/14 Dia partido: 26-04-2014 Causa: Inconveniente Elem.M.Control 

Cancha: Toro de Moldes Arbitros: E.Sentous – E.Silva 

Resolución: a) Aplicar al Toro Club de Moldes, la pena de UNA AMONESTACION, según art. 58° inc. h) del Codigo de Penas. a) Recomendar al Toro Club de Moldes, que extreme los medios para que los elementos de la Mesa de Control esten en perfecto estado de uso. 

Expte. Nro. 06/14 Dia partido: 28-04-2014 Causa: Retiro Espectador - Padre 

Cancha: Acción Juvenil Arbitros: E. Sentous – I.Retamozo 

Resolución: a) Aplicar al Sr. Breit (padre de jugador) del Club Acción Juvenil, la pena de UN MES DE SUSPENSION, según art. 82° inc. a y b), del Codigo de Penas. b) Dicha sanción vence el 4 de Junio de 2014. c) Realizar un llamado de atención al Club Acción Juvenil, por el comportamiento inadecuado e incorrecto de los padres de los jugadores. 

Expte. Nro. 07/14 Dia partido: 29-04-2014 Causa: Expulsión Jugador 

Cancha: Acción Juvenil Arbitros: E. Sentous – I.Retamozo 

Resolución: a) Aplicar al Sr. Gonzalo Julian, jugador de Acción Juvenil, la pena de DOS PARTIDOS DE SUSPENSION, según art. 106° inc. e) del Codigo de Penas. 

Expte. Nro. 08/14 Dia partido: 29-04-2014 Causa: Expulsión Entrenador 

Cancha: Acción Juvenil Arbitros: E. Sentous – I.Retamozo 

Resolución: a) Aplicar al Sr. Daniel Carbonari, Entrenador del Club Acción Juvenil, la pena de SIETE (7) AÑOS DE SUSPENSION, según art. 110° inc. d), y art. 38° inc. a) del Codigo de Penas. b) Se elevará todos los antecendentes a la Jerarquia Superior, para su homologación de la Pena, según art. 45° del Codigo de Penas. 

Expte. Nro. 09/14 Dia partido: 30-04-2014 Causa: Expulsión Jugador 

Cancha: Sporting Club Arbitros: E. Silva – I.Retamozo 

Resolución: a) Aplicar al Sr. David Albertengo, jugador de la Universidad Nacional de Río Cuarto, la pena de CUATRO (4) PARTIDOS DE SUSPENSION, según art. 107° inc. g), del Codigo de Penas. 

Sanciones RATIFICADAS, en la reunión del Consejo de Delegados, del día de la fecha. Río Cuarto, 09 de Mayo de 2014. 

HONORABLE TRIBUNAL DISCIPLINARIO ASOCIACION RIOCUARTENSE DE BASQUETBOL ANEXO AL BOLETIN NRO. 

01-14 En virtud de poder aclarar la APLICABILIDAD DE LAS PENAS, este Honorable Tribunal Disciplinario, hace saber lo que establece el Codigo de Penas, vigente, a saber: 

Art. 12°: La pena de AMONESTACION se aplica a toda persona o Entidad comprendida en el ambito jurisdiccional de este Codigo cuando la Autoridad de aplicación entienda que la infracción reviste el carácter de leve y el infractor no registre antecedentes. Esta pena servirá como antecedente para las reincidencias de todo carácter. 

Art. 14°: La SUSPENSIÓN se aplica a determinadas categorias de Entidades y a las Personas, causando los siguientes efectos: a) a PERSONAS: 1) Impide el desempeño de cualquier cargo o función y para espectar e intervenir en partidos oficiales y amistosos, según el caso y jurisdicción. b) a ENTIDADES: 1) Impide a la categoria la disputa de partidos oficiales o amistosos. 2) Pérdida de todos los puntos que le hubiere correspondido disputar durante el periodo de suspensión a la categoria sancionada.

Nota y foto: Alfredo de Undurraga.